10. Límites legales

Antes de elaborar un Plan de comunicación a través de redes sociales en una organización educativa, es muy importante tener especial cuidado con la protección de los alumnos, en su mayoría menores de edad, sobre todo con la protección de su imagen y de sus datos personales.

Datos personales son el nombre, el número del expediente académico, su dirección, su DNI o una fotografía. En el caso de alumnos, también lo son sus datos y resultados académicos. Para garantizar su protección quien quiera utilizarlos debe pedir permiso. En el caso de menores es aún más importante. El debate entre derecho a la comunicación y derecho a la intimidad no debe perderse de vista. Estamos viendo que comunicar y establecer un plan de comunicación de centro es positivo para la comunidad educativa solo que hay que hacerlo comprendiendo los límites y respetando la privacidad de las personas de nuestra comunidad educativa.

También hay que tener presentes los límites de la propiedad intelectual, pues el Community Manager hace uso continuado de numerosos contenidos de terceras personas. En todo momento, hay que comprobar con qué derechos está protegido ese contenido, pues por defecto todo lo producido adquiere derechos de autor. Los contenidos licenciados bajo licencia Creative Commons (CC) permiten ser compartidas de forma abierta y gratuita, aunque tienen varias condiciones a cumplir. Más información sobre las licencias CC y su uso en su web.

Legislación a conocer por el Community Manager:

  • Leyes de Educación estatales (LOMCE) y de ámbito regional.

  • Ley Orgánica de protección de datos (LOPD). Protege el dato personal; es decir, afecta sólo al tratamiento de datos de personas físicas y regula los derechos y obligaciones en cuanto a esta información, incluida la contenida en una comunicación electrónica.

  • Ley de la Sociedad de la información y el comercio electrónico (LSSI) No distingue entre persona física y persona jurídica; regula todas las comunicaciones que se realicen de forma electrónica, ya sea con personas o con empresas.

  • Nuevo Reglamento Europeo de protección de Datos,  aprobado el 14 de abril del 2016. Esta nueva normativa será de aplicación a todos los estados miembros de la UE y surge con el objetivo de armonizar todas las regulaciones en materia de protección de datos de los estados miembros.  Ha entrado en vigor el 25 de mayo de 2016 y será de obligado cumplimiento en un par de años.

  • Ley de la propiedad intelectual. La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión...) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación.